Oficina Regional para América Latina y el Caribe

UN - HABITAT
Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos
Oficina Regional para Amйrica Latina y el Caribe - ROLAC

 

INFORME PRELIMINAR

 

Para contextualizar el acercamiento que estas lнneas pretenden, de lo que serб el documento o Informe Nacional que presentarб Venezuela prуximamente en el evento de Hбbitat "Estambul+5", debe considerarse el fenуmeno polнtico que ha vivido el paнs en los ъltimos 18 meses, durante los cuales ha operado un profundo cambio filosуfico y de comportamiento social que, recogido en la nueva Constituciуn de la Repъblica Bolivariana de Venezuela, establece un nuevo sistema de relaciones Estado-Sociedad sobre la base de una concepciуn humanнstica del modelo de desarrollo, que permite a la poblaciуn el acceso a las oportunidades, bienes y servicios que contribuirбn a mejorar su calidad de vida, mediante la incorporaciуn a los procesos productivos.

Destaca en el nuevo marco constitucional, la sustituciуn del principio de la Democracia Representativa por el de la Democracia Participativa. En los artнculos 70, 82 y 184 de nuestra Carta Magna, entre otros, se consagran las bases de la Politica Nacional de Vivienda, para impulsar un verdadero cambio en el comportamiento del sector Desarrollo Urbano, Vivienda y Hбbitat, asн como su relaciуn con la poblaciуn sujeto de atenciуn. Dichas normas rezan:

Artнculo 70: "Son medios de participaciуn y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanнa, en lo polнtico: la elecciуn de cargos pъblicos, el referйndum, la consulta popular, la revocatoria de mandato, la iniciativa legislativa constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serбn de carбcter vinculante, entre otros; y en lo social y econуmico, las instancia de atenciуn ciudadana, la autogestiуn, la cogestiуn, las cooperativas en todas sus formas incluyendo las de carбcter financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demбs formas asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperaciуn y solidaridad. La Ley establecerб las condiciones para el efectivo funcionamiento de los medios de participaciуn previstos en este artнculo" (itбlicas y subrayado nuestro).

Esta norma consolida los fundamentos de la democracia participativa haciйndola sistйmica en todos los бmbitos de la vida nacional.

Artнculo 82: "Toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada, segura, cуmoda, higiйnica, con servicios bбsicos esenciales que incluya un hбbitat que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias. La satisfacciуn progresiva de este derecho es obligaciуn compartida entre los ciudadanos y ciudadanas y el Estado en todos sus бmbitos. El Estado darб prioridad a las familias y garantizarб los medios para que йstas y especialmente las de escasos recursos, puedan acceder a las polнticas sociales y al crйdito para la construcciуn, adquisiciуn o ampliaciуn de viviendas" (itбlicas y subrayado nuestro).

La concepciуn de la vivienda en la constituciуn de la Repъblica Bolivariana de Venezuela, le atribuye rango de derecho a tener una vivienda, de cuya posesiуn o adquisiciуn su titular serб corresponsable con el Estado, entendiendo que la realizaciуn de ese derecho tendrб lugar progresivamente, lo que refiere su vinculaciуn con recursos econуmicos, polнticas de estado, capacidad institucional y social para su ejecuciуn y educaciуn ciudadana para la participaciуn. Este ъltimo fomenta la relaciуn de pertenencia y compromiso del hombre con su espacio vital o hбbitat.

Artнculo 184: "La Ley crearб mecanismos abiertos y flexibles para que los Estados y Municipios descentralicen y transfieran a las comunidades y grupos vecinales organizados, los servicios que йstos gestionen previa demostraciуn de su capacidad para prestarlos, promoviendo: 1. La trasferencia de servicios en materia de salud, educaciуn, vivienda, deporte, cultura, programas sociales, ambiente, mantenimiento de бreas industriales, mantenimiento y conservaciуn de бreas urbanas, prevenciуn y protecciуn vecinal, construcciуn de obras y prestaciуn de servicios pъblicos. A tal efecto podrбn establecer convenios cuyos contenidos estarбn orientados por los principios de interdependencia, coordinaciуn, cooperaciуn y corresponsabilidad. 2. La participaciуn de las comunidades y ciudadanos y ciudadanas, a travйs de las asociaciones vecinales y organizaciones no gubernamentales, en la formulaciуn de propuestas de inversiуn ante las autoridades estadales y municipales encargadas de la elaboraciуn de los respectivos planes de inversiуn asн como la ejecuciуn, evaluaciуn y control de obras, programas sociales y servicios pъblicos en su jurisdicciуn" (itбlicas y subrayado nuestro).

Esta norma expresa la intenciуn del constituyente de fortalecer los mecanismos y procesos para consolidar la descentralizaciуn como una vнa expedita para el logro eficiente del desarrollo nacional, regional y local. En el caso de la vivienda, privilegia la participaciуn ciudadana promoviendo la organizaciуn de la comunidad como protagonista y actora, con capacidad para aportar insumos en la soluciуn del problema habitacional que la afecta, a objeto de lograr una soluciуn masiva y sustentable, junto al Estado, promotor, regulador, facilitador, asistente tйcnico y proveedor de los recursos en el бmbito nacional y regional.

En la Constituciуn de la Repъblica Bolivariana de Venezuela, la vivienda se consagra como derecho humano, se declara de utilidad publica e interйs social y se propone de forma integral, lo que quiere decir, que incluye el urbanismo, los servicios y equipamiento colectivo, en condiciones cualitativas que provean bienestar al individuo, la familia y la sociedad, convirtiendo a la vivienda en un factor de desarrollo social y econуmico.

Del contenido de los Artнculos se desprenden tres aspectos fundamentales que permiten reconocer un nuevo y moderno concepto de vivienda que incluye:

  • La parte privada del hбbitat.

  • Las condiciones urbanнsticas pъblicas y comunitarias donde se encuentra ubicada.

  • La inserciуn del conjunto o urbanizaciуn dentro del tejido social y medio urbano o rural que le corresponda.

El enfoque del problema de la vivienda es ademбs de global, integral, lo que implica la atenciуn a la poblaciуn asentada en barrios y urbanizaciones populares asн como a la nueva demanda de vivienda como una vнa para evitar o disminuir el incremento de nuevos asentamientos informales.

Frente a los retos que representa una Politica Habitacional concebida en tan amplios y solidarios principios que busca la equidad, ofrecer mayores oportunidades para el acceso a la vivienda al significativo porcentaje de la poblacion que se encuentra en situaciуn de pobreza y con la firme convicciуn de que a travйs de la Asistencia Habitacional, se promueve una conducta social que contribuye a crear ciudad y formar ciudadanos, la instituciуn rectora y las ejecutoras del sector tambiйn se proponen los cambios estructurales, funcionales y organizativos que favorezcan los procesos indispensables para el cumplimiento de las metas que el Gobierno Nacional se ha propuesto en el бrea.

La Polнtica de Estado que consagra el principio de SERVIR AL PUEBLO de manera transparente, eficiente y eficaz, contempla en la Ley del Subsistema de Vivienda y Politica Habitacional, seis (6) Programas que constituyen la Politica Nacional de Vivienda, en la cual la asistencia habitacional abarca todo el universo de demanda posible por parte de la poblaciуn ya "asentada" en condiciones inadecuadas o inaceptables y de los grupos familiares que requieren de nuevas viviendas. Los primeros 5 programas estбn orientados a la poblaciуn de menores ingresos, es decir al pueblo; y el ъltimo a los beneficiarios del Subsistema con mayores ingresos. Estos Programas comprenden tanto las obras fнsicas como el acompaсamiento social necesario para la adecuada participaciуn de la comunidad en cada uno de ellos.

Pueden distinguirse entre los destinados a la Asistencia de la Poblaciуn Asentada, los cuales contemplan soluciones para satisfacer las necesidades de personas o familias que habitan o han quedado en la calle, de las familias que habitan en barrios o urbanizaciones populares y de las familias que requieren mejorar o ampliar sus viviendas. A continuaciуn se sintetizan estos Programas:

  • Atenciуn a Pobladores de la Calle: Por primera vez Niсos, ancianos, indigentes y damnificados son considerados sujetos de atenciуn en polнtica habitacional, ofreciйndoles soluciones especializadas a sus circunstancias y necesidades, es decir, que el sector infraestructura provee construcciones adaptadas al tipo de poblaciуn a atender, su permanencia en dichas instalaciones y el servicio a prestar. El acompaсamiento social en este caso esta a cargo de las organizaciones pъblicas y privadas que asumen la posterior administraciуn de estos centros o albergues.

  • Habilitaciуn Fнsica de Barrios: Se prevй la intervenciуn urbana de estos asentamientos hasta equipararlos con urbanizaciones de la ciudad formal para personas con ingresos equivalentes. En este caso los proyectos comienzan por el acompaсamiento social a la comunidad a fin de lograr su organizaciуn para el momento en que se inicien los anteproyectos de diseсo urbano y la definiciуn y construcciуn de las obras a realizar. Entre otras modalidades asociativas existentes, se denominan genйricamente "Consorcios", los organismos comunitarios a los que se integran profesionales que sirven de facilitadores para que йstos puedan desarrollar tres actividades bбsicas:

  • Las Tйcnicas propiamente dichas vinculadas con la obra fнsica, bien a travйs del control o de la participaciуn directa en las mismas.

  • Las Sociales, o trabajo directo con la poblaciуn involucrada.

  • La Administraciуn y Control de los Recursos.

  • Dada su complejidad y duraciуn, el acompaсamiento social en estos casos, que incluye tareas organizativas, labores formativas y comunitarias, generalmente estб a cargo de organizaciones seglares o laicas que ya tienen presencia en la comunidad y cuentan con el respeto de sus miembros, lo cual facilita notablemente la labor.

  • Mejoramiento y Ampliaciуn de Casas: Esto es la "dignificaciуn" de las viviendas existentes. A este fin, el acompaсamiento social estб a cargo de las "Oficinas Locales de Asistencia Tйcnica (OLAT)", que conformadas por jуvenes profesionales y pasantes de los ъltimos aсos de carreras vinculadas con el бrea social-habitacional, se desempeсan en dos espacios:

  • Los barrios: Vinculбndose con el бrea tйcnica del consorcio y apoyando a las familias en la soluciуn de sus problemas individuales de vivienda, se ocupan de promover la organizaciуn de conjuntos de viviendas en "condominios" para que sus habitantes asuman la regulaciуn del uso de las бreas comunes y su mantenimiento.

  • Zonas Formales: Prestando servicios directos a la poblaciуn en materia habitacional e indirectos en otros temas, remitiйndolos a las instituciones especializadas.

  • La creaciуn y masificaciуn de las OLAT, no sуlo tiene ventajas para los beneficiarios, sino que enfrenta a los jуvenes con la problemбtica real del paнs. Finalmente, las OLAT, en ambos casos ofrecen orientaciуn financiera para que las familias logren la tramitaciуn de crйditos en las condiciones mбs favorables dentro de los parбmetros establecidos por la Ley y su reglamento.

  • Rehabilitaciуn de Urbanizaciones Populares: Este programa, ademбs de mejorar las condiciones de habitaciуn de las personas que viven en estas urbanizaciones y regularizar la tenencia de las viviendas, permite la generaciуn rбpida de empleo en las tareas de rehabilitaciуn. Al igual que los demбs se lleva a cabo con un intenso acompaсamiento social para garantizar la participaciуn de los residentes y su organizaciуn en asociaciones de vecinos o condominios formales para que asuman el manejo y mantenimiento de su propiedad.

El otro criterio que distingue a los programas, es la Atenciуn a la Nueva Demanda diferenciado del anterior por el enfoque que se le da al nivel de ingresos de las familias beneficiarias y sus modalidades de financiamiento. Tales programas son:

  • Nuevas Urbanizaciones y Viviendas de Desarrollo Progresivo: soluciуn masiva para atender la nueva demanda de vivienda y reducir la proliferaciуn de barrios a travйs de la construcciуn de urbanizaciones de calidad y la entrega de una vivienda con proyecto para su ampliaciуn y consolidaciуn progresiva. Bajo esta modalidad se logra atender dignamente un nъmero sustancialmente mayor de familias y evitar la urbanizaciуn informal en condiciones que luego resultan mucho mбs costosas de habilitar. Dada la magnitud del universo a atender, se realiza una estratificaciуn de los grupos familiares con base en un estudio demogrбfico y econуmico, por estados y regiones. Ello permite tipificar la vivienda a construir segъn el nivel de ingresos y el nъmero de personas que integran el grupo familiar. El acompaсamiento social en estos casos resulta indispensable para la comprensiуn del concepto de progresividad en urbanismo y vivienda, para la organizaciуn de la comunidad que podrб gerenciar la construcciуn por administraciуn delegada y para que comprendan los criterios y mecanismos para el cбlculo del subsidio y la adjudicaciуn de viviendas. El acompaсamiento y la participaciуn de la comunidad en la construcciуn es similar al proceso de los Consorcios del Programa II, pues la comunidad actъa igualmente, como contratante, administradora, gerente y, eventualmente, como contratista. El financiamiento a corto plazo tanto a la comunidad organizada en Consorcios para que se responsabilice por la construcciуn como a los promotores privados en distintas modalidades, se otorgarб con los recursos que corresponderбn al subsidio de los beneficiarios y con crйditos en condiciones concertadas de mercado. La adquisiciуn de las viviendas se financia con una combinaciуn de subsidio y crйdito, cuya tasa de interйs aplicable a dicho financiamiento complementario, es la convenida por el CONAVI con el sector financiero tomando como referencia la tasa de mercado.

  • Urbanizaciones y Viviendas Regulares: Este programa tiene por objeto atender, a travйs de la construcciуn de viviendas para la venta o alquiler, con o sin opciуn a compra, la demanda de la poblaciуn beneficiaria con ingresos superiores a US$ 937.

Cabe seсalar que estos Programas se financian con recursos del Rйgimen de Solidaridad, es decir, con fondos no recuperables, a excepciуn de las demandas individuales contempladas en los programas 3 y 5, que se financian con una combinaciуn de subsidio directo y un crйdito adicional o complementario y el programa 6 se financiarб con crйditos, y en casos excepcionales, con los rendimientos del Fondo de Aportes del Sector Pъblico.

Venezuela cuenta con recursos financieros para impulsar las soluciones que demanda el problema habitacional que padece. Al sector se le asigna por Ley el cinco por ciento (5%) del presupuesto nacional, y un porcentaje equivalente del situado constitucional. Adicionalmente, por la vнa del ahorro institucional y a travйs de un mecanismo parafiscal, se capta el tres por ciento (3%) de todos los trabajadores del paнs para otorgar crйditos para la construcciуn y adquisiciуn de viviendas. La nueva polнtica habitacional articula y coordina los recursos destinados a tal fin para conseguir eficacia y eficiencia en su utilizaciуn, mediante el novel Servicio Autуnomo de Fondos Integrados de Vivienda (SAFIV), que controla los recursos anteriormente indicados y los de garantнa y rescate.

En sнntesis, la polнtica habitacional vigente otorga prioridad absoluta a la atenciуn de las familias con menores ingresos que representan alrededor del 90% de la poblaciуn del paнs y enfoca la problemбtica bajo la perspectiva de dar una atenciуn humana, digna e integral a las familias que conforman ese estrato poblacional, no centrбndose en el nъmero de unidades habitacionales construidas sino tambiйn en la atenciуn a las viviendas y urbanizaciones existentes en condiciones deterioradas.

Consagra dos regнmenes para la utilizaciуn de los recursos de la Ley: el de Solidaridad, representado por los recursos del Fondo de Aportes del Sector Pъblico, y el de Capitalizaciуn Individual, representado por el Fondo Mutual Habitacional conformado por el ahorro habitacional de las familias beneficiarias. El primero privilegia la inversiуn social sobre la rentabilidad econуmica y el segundo vela por el valor de los recursos propiedad de los trabajadores venezolanos.

Transforma la demanda potencial de las familias mбs necesitadas en demanda efectiva mediante la aplicaciуn de una combinaciуn de subsidio directo y crйdito que garantiza el acceso a la vivienda, adaptando el plazo y las cuotas de los crйditos a los ingresos de las familias con el fin de proteger su situaciуn econуmica y preservar el patrimonio familiar.

Fortalece el papel del Estado en la regulaciуn, seguimiento y control del uso de los recursos mediante la creaciуn del Servicio Autуnomo de Fondos Integrados de Vivienda (SAFIV).

Finalmente, la Polнtica contempla la regularizaciуn de la tenencia y legalizaciуn del uso de la tierra y de la propiedad de las viviendas para que las familias cuenten realmente con un patrimonio que les permita actuar formalmente en el mercado.

En Sнntesis, la Asistencia Habitacional se centra en CREAR CIUDAD Y FORMAR CIUDADANOS.

Como se puede observar en sus contenidos se recogen los tуpicos de la Agenda Hбbitat, los cuales se desarrollarбn en el Informe correspondiente previsto a ser presentado en el mes del Hбbitat.

 

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